Adiós al regalo de dinero de padres a hijos: Hacienda puede imponer una elevada multa.
Las donaciones ofrecen beneficios fiscales, pero también pueden conllevar importantes sanciones si no se gestionan adecuadamente.
Una donación se define como el acto de transferir gratuitamente bienes o derechos de una persona a otra. Por ejemplo, un padre puede ceder a su hijo una plaza de garaje de su propiedad o darle dinero para pagar el alquiler o la compra de una vivienda, o para cubrir la mensualidad del coche.
Aunque a primera vista puede parecer un acto solidario, desde el punto de vista legal, se considera una donación que debe ser declarada y tributada. Esto depende de la cantidad de dinero transferida, y el impuesto aplicable es el de Sucesiones y Donaciones. Si no se declara, Hacienda puede imponer una multa.
¿Qué es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones?
Este impuesto se aplica cuando hay una transferencia de bienes y/o derechos de una persona a otra. En el caso de las sucesiones, ocurre por causa de muerte (herencia). Sin embargo, las donaciones ‘inter vivos’ (entre personas vivas) también están sujetas a este impuesto.
BBVA explica que este es un tributo progresivo (a mayor cantidad heredada, mayor el tipo impositivo), personal (lo paga quien recibe la herencia) y directo (recae sobre el patrimonio del contribuyente).
¿Qué sucede con las donaciones?
Para las donaciones, el impuesto se paga en la comunidad autónoma de residencia del receptor. Además, la Agencia Tributaria (AEAT) monitorea todos los movimientos de dinero en España y puede investigar aquellos que parezcan sospechosos de ilegalidad.
Antes de hablar de sanciones, es importante mencionar que existen beneficios fiscales en donaciones de padres a hijos en varias comunidades autónomas. Por ejemplo, una reducción en el IRPF si la donación se destina a la primera vivienda del hijo. Para beneficiarse de esta reducción, debe existir una escritura pública, aunque en otros casos, un documento privado puede ser suficiente. En cualquier caso, debe declararse.
Las entidades financieras están obligadas a informar a la Agencia Tributaria sobre transferencias y operaciones por encima de ciertas cantidades: más de 10.000 euros en transferencias, más de 6.000 euros en préstamos y créditos, y más de 3.000 euros en pagos y cobros en metálico.
Al recibir una donación, el beneficiario tiene 30 días hábiles para pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Si no se cumple con este plazo, se aplicará un recargo y una posible sanción.
Las infracciones leves (menos de 3.000 euros) implican una multa del 50% de la cantidad no pagada a Hacienda. Las graves resultan en una multa del 100%, y las muy graves pueden alcanzar hasta el 150%.